La Fiscalía General de la República ofreció una actualización sobre los procesos relacionados a los sucesos del 11 de julio en Cuba. Foto: Archivo. Video: Canal Caribe / TV Cubana.


Cubadebate

La Fiscalía General de la República continúa informando al pueblo sobre la respuesta legal a los hechos del 11 de julio de 2021, que atentaron contra el orden constitucional y la estabilidad de nuestro Estado socialista.

Transcurrido el término para que los acusados o el Fiscal establecieran los recursos contra las sentencias dictadas, en ejercicio del derecho que les asiste legalmente, o por haber sido resueltos estos, informamos que, hasta el momento, la Fiscalía ha sido notificada por los Tribunales Populares de 76 sentencias que han adquirido firmeza.

Resultaron sancionadas 381 personas, incluyendo 16 jóvenes con edad entre 16 y 18 años, fundamentalmente por delitos de sedición; sabotaje; robo con fuerza y violencia; atentado; desacato y desórdenes públicos.

A 297 acusados se les impuso sanciones de privación de libertad, atendiendo a la gravedad y circunstancias en que ocurrieron los hechos y a la conducta personal. Por el delito de sedición los sancionados fueron 36, a los que se les impuso penas entre 5 y 25 años de privación de libertad.

A 84 acusados, se les subsidió la sanción de privación de libertad, por otras penas alternativas que no implican -en principio, bajo condición de buena conducta-, su ingreso a prisión, disponiéndose para ellos las de trabajo correccional con y sin internamiento, y limitación de libertad; en esta decisión se encuentran incluidos 15 de los jóvenes con edades entre 16 y 18 años.

Es importante señalar que el quebrantamiento de las obligaciones impuestas por el Tribunal en sus sentencias o la comisión de un nuevo hecho delictivo, trae como consecuencia la revocación de la sanción subsidiaria y el cumplimiento del resto de la pena originalmente fijada, en privación de libertad.

En las sentencias dictadas los Tribunales Populares se pronunciaron en cada caso por la responsabilidad civil de indemnizar a las personas que resultaron lesionadas, como consecuencia de los hechos cometidos, y la reparación de los daños ocasionados a las entidades.

En estos momentos corresponde el inicio del proceso de ejecución de las sanciones firmes impuestas, y durante su cumplimiento velar porque se alcancen los fines educativos, coercitivos y preventivos de estas, el reforzamiento de los valores, la rectificación de la conducta de los sancionados y su reinserción social.

 

Sentencias firmes y respeto a la legalidad

La decisión de la Fiscalía de ejercer la acusación ante los Tribunales se sustentó en un conjunto de pruebas documentales, testificales y periciales, que permitieron establecer y determinar la participación de los acusados en hechos que tipifican como delitos previstos en el Código Penal vigente

Yaditza del Sol González

Granma

La Fiscalía General de la República de Cuba (FGR), como parte de sus funciones durante la tramitación de los procesos penales asociados a los hechos del 11 de julio de 2021, verificó el cumplimiento de los derechos y garantías constitucionales del debido proceso, y controló las investigaciones practicadas por los órganos del Ministerio del Interior, así como la legalidad en los establecimientos penitenciarios, precisó Lisnay María Mederos Torres, fiscal jefa de la Dirección de Procesos Penales.

Destacó, además, que los abogados mantuvieron comunicación con sus representados, accedieron a las actuaciones y pudieron aportar las pruebas que consideraron oportunas.

Constituye una premisa obligatoria velar porque ninguna persona sea privada de su libertad, sino por la autoridad competente y por el tiempo legalmente establecido; que los acusados dispongan de asistencia letrada desde el inicio del proceso; la presunción de inocencia hasta la sentencia firme; y ser juzgados por un tribunal preestablecido legalmente, entre otras garantías que establece la Carta Magna, en su Artículo 95.

En tal sentido, explicó que la decisión de la Fiscalía de ejercer la acusación ante los Tribunales se sustentó en un conjunto de pruebas documentales, testificales y periciales, que permitieron establecer y determinar la participación de los acusados en hechos que tipifican como delitos previstos en el Código Penal vigente.

«Concluidas las vistas, notificadas las sentencias a las partes y en virtud de lo que establece la Ley, los acusados y el Fiscal establecieron los recursos correspondientes, los que una vez resueltos dan firmeza a las decisiones adoptadas por los tribunales».

Como se conoce, detalló, a partir de la nota publicada en el portal web de la Fiscalía, hasta el momento han adquirido firmeza 76 sentencias, con 381 acusados sancionados.

De ellos, 16 tienen edades comprendidas entre 16 y 18 años, y a 15 de estos se les subsidiaron las penas privativas de libertad por otras alternativas; en tanto, el resto de los procesos continúan su tramitación en los tribunales, puntualizó.

Ahora, sostuvo, nos encontramos en el proceso de ejecución de las sentencias firmes, y durante su cumplimiento corresponde velar porque se alcancen los fines preventivos y educativos que prevé la sanción.

Respecto al criterio, manejado en redes sociales y expuesto al mundo como «verdad»: que en Cuba se procesan a niños y a menores de 16 años de edad, Mederos Torres afirmó que el Código Penal es categórico respecto a este asunto, al establecer que la responsabilidad penal es exigible a partir de los 16.

Además, esta ley sustantiva ofrece reglas para la adecuación de la sanción en el caso de los jóvenes de 16 a 18 años, acotó.

«Para la valoración de este tema se tienen en cuenta, por ejemplo, la conducta del acusado y las características de los hechos cometidos, o sea, se busca individualizar su participación».

El Artículo 1 de la Constitución, subrayó, establece que Cuba es un Estado socialista de derecho y de justicia social, y ello tiene una expresión en el cumplimiento de las funciones de la FGR y en los procesos penales.

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