María Julia Mayoral - Granma.- La utilización que hoy puede hacer Cuba de las tecnologías de la informática y las comunicaciones posibilitó la creación de registros permanentes de electores en cada uno de los 169 municipios del país.

Esto asegurará más racionalidad en el empleo de los recursos materiales y humanos; así como la actualización constante de los datos, y no solo en época de votaciones como ocurrió hasta ahora.

Los registros mantienen su naturaleza pública y la inscripción de oficio de todos los ciudadanos con capacidad para ejercer el derecho al sufragio.


Para poder establecer el carácter permanente y modificar los aspectos relacionados con la constitución y actualización del registro, el Consejo de Estado emitió el Decreto-Ley número 248 del Sistema de Identificación y del Registro de Electores, publicado en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, el 2 de julio del 2007.

En cada municipio, los jefes del Carné de Identidad y Registro de Población son ahora los responsables del Registro de Electores en su respectiva demarcación. Ellos están en la obligación de brindar a las autoridades competentes, cada vez que se les solicite, la información necesaria a los fines de la organización y la dirección del proceso electoral.

El registro, constituido municipalmente, contiene nombres y apellidos, número de identidad permanente y domicilio de los electores. La actualización de su contenido corre a cargo del Carné de Identidad y Registro de Población a partir de las informaciones brindadas por otras entidades del Estado; entre ellas los registros de Población, Direcciones y del Estado Civil, los órganos del sistema de Tribunales Populares; las direcciones de Inmigración y Extranjería y de Establecimientos Penitenciarios, pertenecientes al Ministerio del Interior.

Lo anterior no implica prescindir de la colaboración popular. Antes de la convocatoria a los sufragios, el Registro, visto como institución, debe comprobar la información de que dispone con la colaboración de los Comités de Defensa de la Revolución e instituciones, y ya durante el proceso electoral también se concibe que las organizaciones de masas contribuyan a la tramitación de las solicitudes de subsanación de errores ya sea en las escrituras o por inclusiones y exclusiones indebidas de personas en las Listas de Electores.

El martes próximo serán publicadas las Listas en las que estarán consignados los datos de identificación y residencia de los previamente inscritos en el Registro de Electores correspondiente. Las comisiones electorales municipales y de circunscripción serán las encargadas de verificar la exactitud de esa información.

No obstante, como ha sucedido en los comicios precedentes, la contribución de los ciudadanos resultará decisiva en el señalamiento de cualquier falla. Para ello las Listas serán expuestas en múltiples sitios, dentro de cada una de las 15 236 circunscripciones del país, a partir de este 18 de septiembre.

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