Francisco Rodríguez - Blog "Paquito el de Cuba" / Cubainformación.- Esta semana tuvimos la asamblea para discutir el proyecto de Constitución en mi colectivo laboral, el periódico Trabajadores, como parte de la consulta popular que tiene lugar en todo el país desde hace un mes y hasta el próximo 15 de noviembre. Y aquí van mis propuestas.


No voy a detallar toda la reunión, porque no tengo el consentimiento del resto de mis colegas para socializar sus intervenciones, pero sí les puedo asegurar que como en muchos otros centros de trabajo y barrios cubanos, hubo un buen debate, nada complaciente, muy variado en cuanto a la naturaleza de las inquietudes, que totalizaron más de 80 planteamientos.

A continuación comparto con ustedes las propuestas y los comentarios que realicé, sobre la base de la misma metodología que sigue la consulta para procesar toda la información que emerge de estos análisis colectivos.

Tales adiciones, supresiones, modificaciones, dudas y comentarios no son solo el fruto de mi lectura y estudio individual del texto constitucional que nos propone el Parlamento cubano. También incorporé y asumí como propios diversos comentarios y preocupaciones que escuché o leí a partir de las coberturas periodísticas a otras asambleas, o de las sugerencias que circulan en las redes sociales de Internet, las publicaciones digitales y los blogs personales, entre otras muchas fuentes.

En los próximos días debo participar también en la reunión del vecindario en mi lugar de residencia. Tal vez pueda incorporar otras consideraciones, incluyendo las que aquí me comenten, si me parecen útiles e indispensables, y, por supuesto, comparto su pertinencia.

Sin más, lo que planteé en mi centro de trabajo.

  1. En el Título 1: Fundamentos políticos. Capítulo 1: Principios fundamentales de la nación, propongo modificación del orden de dos artículos. El artículo 10 debería ocupar el lugar del Artículo 5, pues la declaración de que la soberanía reside en el pueblo debe ser anterior a la fijación del papel del Partido y del resto de las organizaciones y estructuras estatales.

 

  1. Artículo 5: Adición al párrafo referido al Partido Comunista de Cuba que plantea: Organiza y orienta los esfuerzos comunes hacia la construcción del socialismo… LE AÑADIRÍA: en el marco de las normas fijadas por la Constitución y las leyes.

 

  1. En el Capítulo 2: Relaciones internacionales, tengo duda: Este es un aspecto que en el mundo es potestad de los ejecutivos al frente del Estado. Fijarlo en la Constitución implica la posibilidad de restringir capacidad de negociación ante coyunturas políticas específicas, o se presta a cuestionamiento por la interpretación de tales principios. ¿Qué mecanismos tendría la ciudadanía para exigir al Estado su cumplimiento?

 

  1. En el Título IV: Derechos, deberes y garantías. Capítulo I: Disposiciones generales. Comentario para respaldar el Artículo 40 por su amplitud y carácter inclusivo y revolucionario, al visibilizar causas de discriminación que todavía son un problema en la sociedad cubana y que nunca antes tuvieron reconocimiento en la Constitución como la orientación sexual y la identidad de género.

 

  1. En el Capítulo II. Derechos individuales. Artículo 46. El estado respeta y garantiza el derecho de las personas a su intimidad personal y familiar, a su imagen, dignidad y honor. SUPRIMIRÍA el término honor, cuestionable por su origen y empleo, pues el de dignidad cubre los conceptos más contemporáneos que recogen los instrumentos internacionales de derechos humanos.

 

  1. En el Artículo 56. Propongo una modificación. Todas las personas tienen derecho a recibir del Estado información veraz, adecuada (SUSTITUIR POR EL ADJETIVO suficiente) y oportuna, conforme a las regulaciones establecidas.

 

  1. Artículo 59. Comentario de respaldo al párrafo que plantea: La objeción de conciencia no puede invocarse con el propósito de evadir el cumplimiento de la ley o impedir a otro su cumplimiento o el ejercicio de sus derechos.

 

  1. Artículo 60. Dudas:

 

  • Si el derecho a la libertad de prensa se ejerce de conformidad con la ley ¿habrá una ley de prensa? La recientemente aprobada política de comunicación y las normas que de ella deriven no son suficientes para ese punto específico.

 

  • ¿Cuáles son los medios fundamentales de comunicación social? ¿Cuáles no lo son?

 

  • ¿Podrá el Estado establecer principios de organización y funcionamiento para todos los medios de comunicación social, teniendo en cuenta el concepto tan amplio que ello abarca?

 

  1. Artículo 64. Modificación. Las personas tienen derecho a dirigir quejas y peticiones a las autoridades, las que están obligadas a tramitarlas en plazo adecuado (SUSTITUIR POR estipulado)…

 

  1. Capítulo III: Derechos sociales, económicos y culturales. Artículo 68. Modificación. El matrimonio es la unión voluntariamente concertada entre dos personas con aptitud legal para ello, a fin de hacer vida en común. Descansa en la igualdad absoluta de los cónyuges… (SUPRIMIR EL RESTO DEL PÁRRAFO Y SUSTITUIR POR: en las condiciones que favorezcan integralmente la consecución de sus fines).

 

  1. Artículo 69. Adición. El Estado garantiza, mediante los procedimientos legales adecuados, la determinación y el reconocimiento de la paternidad (AÑADIR y la maternidad) En la actualidad y hacia el futuro la maternidad también puede ser objeto de disputas, como ocurre al emplear óvulos para su fecundación e implante en otro vientre de mujer, o en caso de infantes que puedan quedar en situación de abandono por alguna circunstancia, y luego existan dudas sobre su origen materno.

 

  1. Artículo 80. Quien sufre un accidente en el trabajo o contrae una enfermedad profesional tiene derecho a la atención médica y a subsidio o jubilación en los casos de incapacidad temporal o permanente de trabajo. ¿Cómo aplicaría esto para las formas de gestión no estatal? ¿Si es solo una garantía para quienes laboren para el Estado, porque no queda explícito, como una ventaja de este sector?

 

  1. Artículo 84. Adición o Supresion. El Estado garantiza a sus ciudadanos servicios de educación gratuitos y asequibles para su formación integral, desde el preescolar hasta la enseñanza universitaria de pregrado (AÑADIR “y posgrado” o SUPRIMIR “de pregrado”)

 

  1. Artículo 85. Supresión del párrafo que dice: Los plantes de estudio del sistema nacional de educación garantizan la inclusión de la enseñanza y práctica de la educación física y el deporte como parte de la formación integral de la niñez, la adolescencia y la juventud.

No sería prudente incluir en la Constitución todos los contenidos que deberían tener los planes de estudio del sistema nacional de enseñanza. Además, en el artículo 95 se retoma la cultura física y el deporte como principios de la política educacional, científica y cultural (Título V).

 

  1. Capítulo IV: Derechos y deberes cívicos y políticos. Modificación: Intercambiar el orden de los artículos 91 y 92, para hacerlos corresponder con el título del capítulo y con el espíritu del principio de que primero deben ir los derechos y después los deberes.

 

  1. Título VI: Estructura del Estado. Artículo 105. Modificación. Donde hace referencia a que la Asamblea Nacional del Poder Popular “Se reúne en dos períodos ordinarios de sesiones al año… CAMBIAR POR Se reúne en los periodos ordinarios de sesiones que establezca la ley

Cuando cambie la Ley Electoral tal vez podamos tener una Asamblea más profesionalizada y compacta que sesione con mayor frecuencia de modo ordinario.

 

  1. Artículo 112. Modificación. Los diputados, en el curso de las sesiones…, tienen el derecho de hacer preguntas (AÑADIR críticas, señalamientos, sugerencias o cuestionamientos) al Consejo de Estado y al Consejo de Ministros o a los miembros de uno y otro…

 

  1. Título VIII: órganos locales del Poder Popular. Duda. Si el Artículo 169 dice que El Gobernador Provincial representa al Estado en su territorio… y el Artículo 170 reza que El Gobernador Provincial es designado… ¿Eso no contradice el artículo 96, inciso A Del Título VI Estructura del Estado, donde dice que “todos los órganos representativos del poder del Estado son electivos y renovables”?

 

  1. Artículo 171. Modificación. AÑADIR COMO REQUISITO PARA LOS GOBERNADORES PROVINCIALES ser diputado a la Asamblea Nacional del Poder Popular. De esa forma se evitaría la contradicción entre el carácter electivo y renovable y la designación. Esto funcionaría también para el vicegobernador provincial.

 

  1. DUDA: Los cargos de Gobernador e Intendente remiten a ordenamientos jurídicos coloniales ya superados. ¿No sería posible hallar denominaciones nuevas o que no reproduzcan antecedentes históricos con una carga negativa? ¿Encargado Provincial, Administrador Municipal, u otro modo de nombrar esas funciones más cercano a nuestra práctica gubernamental y administrativa reciente? Por ese camino de retomar cargos coloniales, podemos llegar a tener un día también un Capitán General.
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