Foto: Abel Rojas Barallobre/Juventud Rebelde. Video: Canal Caribe / TV Cubana.


Cubadebate

Con la publicación de la Resolución 225 del Ministerio de Finanzas y Precios en la Gaceta Oficial No. 61 (ordinaria), ha entrado en vigor este lunes la regulación temporal de precios minoristas máximos para productos de alta demanda.

A la vez, se exoneran del pago del impuesto aduanero las importaciones de los productos que se regulan temporalmente, como pollo troceado, aceites comestibles (excepto el de oliva), leche en polvo, pastas alimenticias, salchichas y detergente en polvo.

Según se informó en conferencia de prensa, en la formación de precios minoristas de estos productos, los actores económicos reconocen hasta un 30% de margen de ganancia sobre costos y gastos, siempre que no excedan los precios definidos en la Resolución 225.

“El Ministerio de Finanzas y Precios, en coordinación con los ministerios del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera y de Comercio Interior, está encargado de observar periódicamente el comportamiento de los precios de importación de las mercancías a que hace referencia esta resolución, para determinar las actualizaciones que correspondan en sus precios minoristas máximos, así como la propuesta de inclusión de otras mercancías”, se informa en la Gaceta.

Para descarga: Gaceta Oficial No. 61 (ordinaria), julio de 2024 (203 kB)

 

Una medida de regulación temporal que favorece la formación de precios

En la formación de precios minoristas de los productos esenciales definidos, los actores económicos reconocen hasta un 30 % de margen de ganancia sobre costos y gastos, siempre que no exceda los precios especificados en la Resolución.

Susana Antón Rodriguez

Granma

A la implementación de esta norma le precede un intercambio amplio con varios actores económicos no estatales. foto: José M. Correa

A la implementación de esta norma le precede un intercambio amplio con varios actores económicos no estatales. Foto: Jose M. Correa

Contener el alza de la inflación es uno de los propósitos de la regulación temporal de los precios minoristas máximos para productos de alta demanda; una medida que entró en vigor este lunes, con la publicación de la Resolución 225 en la Gaceta Oficial No. 61, en su versión ordinaria.  

Autoridades del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP) remarcaron que, en la formación de precios minoristas de estos productos, los actores económicos reconocen hasta un 30 % de margen de ganancia sobre costos y gastos, siempre que no excedan los precios definidos en la Resolución.

«Si en la formación con esa regla, el precio que resulta es inferior al que está establecido por la norma, es precisamente ese con el que debe comercializarse», remarcó Vladimir Regueiro Ale, titular del organismo.

Resaltó la importancia de la ficha de precio, uno de los elementos de control y la fiscalización e inspección que debe mostrar el actor económico, además de los documentos primarios, como facturas y cartas porte de los servicios de transporte que intervienen para realizar esta comercialización.

Precisó que, no acogerse a lo establecido, se irrespeta lo contemplado en la norma, referido a la voluntad de nuestra población y la demanda de contar con una herramienta de contención de los precios para nomenclaturas básicas.

Regueiro Ale destacó que es una medida que favorece la formación del precio, y la asimilación, por parte de los actores económicos que están obligados al cumplimiento de esta, y responde a un monitoreo sistemático de los factores que inciden en su formación, como los costos de importación y las cadenas de distribución que oportunamente serán actualizados.

A su implementación –dijo– le precede un intercambio amplio con varios actores económicos no estatales.

«Al cierre del domingo habían participado en ellos más de 50 000 actores económicos, tanto mipymes como trabajadores por cuenta propia; no solo los que realizan las operaciones de importación, sino todos en sentido general, porque esta Resolución implica que haya una concertación entre quienes realizan las importaciones y quienes forman parte de la red de distribución y comercialización, hasta el nivel minorista», precisó.

Vivian Hernández Cid, directora de Comercio Exterior, del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, consideró que, a escala internacional, existe un comportamiento estable dentro del primer semestre tanto de los precios como de las importaciones que realizan las formas económicas.

PRODUCTOS

PRECIO MÁXIMO

Pollo troceado (kg)   

680

Aceite comestible, excepto de oliva (litro)

990

Leche en polvo (kg)

1675

Pastas alimenticias (kg)

835

Salchichas (kg)

1045

Detergente en polvo (kg)

630

 

Cuba regula precios minoristas máximos a productos importados

La Habana, 8 jul (Prensa Latina) En Cuba entró hoy en vigor la regulación de precios minoristas máximos a productos importados por los actores económicos, informó en conferencia de prensa el Ministerio de Finanzas y Precios (MFP).

De acuerdo con el periódico Granma, el titular de la cartera, Vladimir Regueiro, explicó que la norma es una regulación de carácter general y debe aplicarse a quienes realicen la comercialización minorista de esos productos en moneda nacional (peso cubano).

Se incluyen las Mipymes, trabajadores por cuenta propia, establecimientos del comercio y la gastronomía, precisó el ministro.

Amplía el rotativo que la Resolución 225/2024 del MFP regula los precios minoristas máximos a productos de alta demanda, como el pollo troceado, el aceite comestible –excepto el de oliva–, detergente en polvo, pastas alimenticias, salchichas y leche en polvo.

«Es de obligatorio cumplimiento para todos los actores económicos. No hay un tratamiento discriminatorio para uno u otros de la economía, sino que todos deben contribuir a mantener un nivel de precio contenido para estos productos esenciales para la población», subrayó Regueiro.

Uno de los objetivos fundamentales de la norma es contener el crecimiento de los precios y para su implementación se evaluaron los mercados, orígenes de los principales proveedores, las condiciones en que se financian, la presencia en los mercados, la red de comercialización y todos los gastos logísticos que intervienen, explicó.

La medida está dirigida a contener la inflación, y en los últimos días se realizaron reuniones con representantes de las nuevas formas de gestión, con los territorios y con funcionarios del gobierno, reportó la Agencia Cubana de Noticias.

Una de las preocupaciones de la población es si el Estado podrá controlar debidamente lo aprobado, para lo cual en la conferencia de prensa también Vivian Herrera, directora general de Comercio Exterior del Mincex, explicó el papel de supervisión junto a los inspectores de Precios.

Herrera reconoció que tras la Covid-19 se incrementó el precio de los combustibles, de las tarifas de los fletes y el congestionamiento de contenedores; sin embargo, en un grupo de renglones básicos de consumo por la población hay un comportamiento estable en los precios internacionales, y esto es el punto de partida de las fichas de costo.

Si logramos comprarlos en la región, en mercados cercanos y a precios competitivos, ello sin dudas impacta en el margen máximo de ganancia comercial, puntualizó la funcionaria.

El control popular será también imprescindible por lo que a través de las páginas web de esos organismos y entidades las personas pueden comunicar sus dudas y denunciar irregularidades en las ventas minoristas, se dijo en la conferencia de prensa.

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